Notificaciones
La notificación es un trámite para informar a la DGT de la venta de un vehículo.
Desde el momento de la notificación de la venta del vehículo, el antiguo titular queda libre de cualquier responsabilidad respecto al coche como, multas, recibos del ayuntamiento o ITV.
* Si el vehículo se transmite a un compraventa, la notificación de transmisión supone su baja temporal.
* Si el vehículo se ha transmitido a un particular se anotará el cambio de titularidad pero no se expedirá el permiso de circulación.
Documentación necesaria:
Documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:
Persona física: DNI, Permiso de Conducción, Tarjeta de residencia o Pasaporte + NIE.
Personas jurídicas (CIF): tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme.
Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
Documento acreditativo de la transmisión en que conste el DNI, CIF o NIE del adquirente (contrato, factura en el caso de personas jurídicas)
Permiso de circulación original
Si es vehículo agrícola: documento acreditativo de la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma (ROMA), salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT
Transmisiones
Para realizar cualquier cambio de titularidad primero se debe de asegurar que el vehículo no tiene ningún tipo de carga fiscal.
Una vez efectuado el trámite, se expedirá un nuevo permiso de circulación que únicamente será válido si posee la ITV en vigor
- Liquidar el impuesto de circulación (sello), del año anterior al actual.
- Abonar las sanciones impuestas por infracciones de transportes anotadas en el registro de vehículos.
- Cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el registro de bienes muebles, salvo consentimiento expreso de la financiera (Reserva de Dominio)
* La existencia de orden de precinto impedirá la expedición del permiso de circulación.
Documentación necesaria:
Documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:
Persona física: DNI, Permiso de Conducción, Tarjeta de residencia o Pasaporte + NIE.
Personas jurídicas (CIF): tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme.
Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
Si se ha notificado previamente, no será necesaria esta documentación.
Documentación del vehículo: Permiso de circulación y Tarjeta ITV.
Impuestos: Justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales liquidado en la Comunidad Autónoma del adquirente.
Si el vendedor es un empresario en el ejercicio de su actividad, en este caso solo deberá aportar la factura de venta.
Documento acreditativo de la transmisión.
CONSULTE PRECIO DE TRANSFERENCIA DE SU VEHÍCULO
Vehículos agrícolas
Documento acreditativo de la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma (ROMA), salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
Vehículos de transportes de mercancías
Certificación de autorización de transportes (tarjeta de transportes), si se trata de un autobús, o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
Vehículos procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla
Certificado de Aduanas que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Para la anotación de la importación se abonará la tasa.
Transferencia por Fallecimiento
Si la transferencia es por fallecimiento, se presentará declaración responsable sobre la adquisición del vehículo, así como justificante de liquidación del impuesto de sucesiones.